lunes, 1 de julio de 2013

MULTAS POR ANIMALES SUELTOS

Estimados Vecinos;


En virtud de las denuncias realizadas por vecinos del barrio, por animales sueltos, el Consejo de Administración, solicita la colaboración de aquellos propietarios de perros, cumplir con las obligaciones, responsabilidades y prohibiciones que establece el reglamento de co-propietarios y administración en la materia.

Solicitamos a los propietarios de dichos animales, extremar las medidas de seguridad a fin de evitar situaciones indeseadas. En el mismo sentido el Consejo de Administración se encuentra elaborando un registro mascotas, el mismo contendrá los datos de identificación de la mascota y su propietario.

                                                              Vecinos Barrio La Zagala



A continuación, lo establecido en el Reglamento en la materia.

ARTICULO TRIGÉSIMO SEXTO:….. 12) Sin perjuicio de las especificaciones del Reglamento, básicamente les está prohibido a los copropietarios:…g) La libre circulación de perros o animales domésticos, sobre los que se deberán tomar estrictas medidas para que éstos permanezcan siempre dentro de sus respectivas unidades funcionales o bajo vigilancia de su dueño. En caso de pasear perros fuera de las unidades funcionales, deberán llevarse con correa y bozal.
Está prohibido tener perros o cualquier otro animal dentro de los obradores o en las obras en construcción.

NORMAS DE CONVIVENCIA…6. Animales 6.1. Sólo se permitirá la tenencia de animales domésticos: perros, gatos y pájaros (en jaula). No se permitirán animales de granja (conejos, gallinas, patos, gansos, ovinos, caprinos, bovinos, equinos, camélidos, etc.), animales silvestres o animales en vías de extinción (tortugas). 6.2. Los animales deben contar con su correspondiente cartilla sanitaria, firmada por un profesional responsable (veterinario). 6.3. El Propietario será responsable de cuidar que los animales de su propiedad no deambulen fuera de la Unidad Funcional y de responder por todos los daños que produzcan a terceros, al consorcio y/a otros Copropietarios. Las infracciones a estas normas serán penadas con multas, que determinará el Consejo de Administración, teniendo en cuenta la gravedad de la infracción. 6.4. La incorporación de una nueva mascota deberá ser aprobada por la Administración. 6.5. Las razas de perro consideras violentas o peligrosas (dogos, rottweiler, doberman, etc.) están condicionadas, la Administración considerará su permanencia en función del comportamiento del animal y de las medidas de seguridad adoptadas por el dueño.

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